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Transferir

Si desea transferir su Unidad Funcional, (Modalidad Cesiones a terceros) consulte su estado de cuenta y luego solicite el formulario a administracion.

Las Transferencias se realizan en la escribania designada por el Fideicomiso.

Modalidad Cesiones a Terceros (Transferencia):
 
A. Libre deuda y Confección de Contrato:
1. Certificación de Cobranzas (en caso de venta en cuotas).-
2. Libre deuda de gastos de conservación y mantenimiento.-
3. Conformidad Fiduciaria (Completar formulario para la confección del contrato de cesión entre las partes). 

B. Firma de contrato en escribanía designada por el Fiduciario: 

(El día de la firma, llevar DNI de el/los vendedores(es)/cedente(s), en caso de Sociedad Estatuto con Acta de Autoridades vigentes y Certificado de Beneficiario de la Unidad Funcional (UF) a Transferir).
Abonar Gastos de Escribanía/ Arancel de transferencia Fiduciaria/ Hoja de Mensura.
 
Se firman 3 ejemplares del contrato de cesión en la escribania designada.
 
Se firma 1 ejemplar para el Fiduciario:
Reglamento de Convivencia
Reglamento de Construcción

 

C. Entrega de documentación:

El día acordado con la escribanía el comprador/cesionario retirará:

1. Un juego del Contrato de cesión celebrado.

2. Hoja de mensura correspondiente a la Unidad Funcional.

3. Certificado de Beneficiario firmado por La Fiduciaria 

4. Una copia del Reglamento de convivencia y una copia del Reglamento de construcción.

2. El vendedor/cedente recibe un juego del contrato de cesión celebrado.

 

IMPORTANTE:
NO MODIFICAR EL CONTRATO DE CESIÓN, EL FIDUCIARIO NO PRESTARA CONSENTIMIENTO EN CONTRATOS DISTINTOS AL MODELO TIPO DEL FIDEICOMISO. LAS CESIONES QUE NO SE ENCUENTREN CONFIRMADAS POR EL FIDUCIARIO NO SERÁN CONSIDERADAS VALIDAS. AQUELLOS QUE REALIZARON DISTINTAS CESIONES SIN CUMPLIR LOS REQUISITOS BÁSICOS DEBERÁN REGULARIZAR SU SITUACIÓN. LA TRANSFERENCIA SE DEBERÁ NOTIFICAR AL FIDUCIARIO DENTRO DE LAS 48 HORAS DE LA FIRMA EN ESCRIBANIA, CASO CONTRARIO SE APLICARÁ UNA MULTA EQUIVALENTE AL 50% DEL VALOR DE TRANSFERENCIA A LA FECHA FEHACIENTE DE NOTIFICACIÓN. EN CASO DE ABONAR IMPUESTOS MUNICIPALES RESOLVER EN MUNICIPALIDAD DE PTE. PERON. LAS TRANSFERENCIAS DEBEN REALIZARSE EXCLUSIVAMENTE EN LA ESCRIBANIA DESIGNADA POR LA FIDUCIARIA.

 

CONSULTE ARANCELES EN ADMINISTRACION.
 

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